INFORMACIÓN ÚTIL

Prevención de lavado de activos y financiación del terrorismo


De acuerdo a lo establecido en la Ley 25.246, las empresas aseguradoras, como así también, los productores asesores de seguros, agentes, intermediarios, peritos y liquidadores de seguros, cuyas actividades estén regidas por las leyes N° 20.091 y 22.400, deben observar, prevenir, detectar y reportar los hechos, actos operaciones u omisiones que pudieran constituir delitos de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo.

En cumplimiento de lo antes mencionado, detallamos a continuación los formularios que deben remitir en caso de ser solicitados por la compañía de seguros, en cumplimiento de lo establecido por las leyes y resoluciones vigentes en la materia, las que podrá encontrar a continuación para su conocimiento.

Formularios